Inquilinos que no pagan: ¿merece la pena saltarse la ley?

Ante una situación límite, muchos propietarios de viviendas deciden actuar por su cuenta. ¿Cuáles son las acciones extrajudiciales más comunes y sus principales riesgos asociados?

En muchas ocasiones, las personas con viviendas alquiladas recurren a actuaciones extrajudiciales para solucionar los problemas de impago por parte de los inquilinos. Algo similar puede suceder, también, cuando el propietario del inmueble se da cuenta de que ha sido víctima de una ocupación ilegal. No son estas situaciones poco comunes, y suelen producirse tras muchos intentos, negociaciones y discusiones.

A pesar de que pueden parecer soluciones eficaces en tiempo y forma, recurrir a ciertas técnicas no muy ortodoxas para echar a inquilinos morosos o a okupas no parece ser una buena idea. Sobre todo, por las graves consecuencias que esto puede tener para el propietario de la vivienda.

Algunos errores muy frecuentes

Para muchos propietarios, que comprueban impotentes cómo han perdido el acceso a su propiedad de manera injusta, la situación parece no tener otra solución que tomar medidas drásticas. Entre ellas, desde desahucioinquilinos.es, Eduardo Fernández-Fígares destaca las siguientes, por orden de comisión:

  • Bajar la potencia contratada del suministro de electricidad, para evitar que se produzca un despilfarro por parte del inquilino.
  • Dejar de pagar los suministros, con la intención de que los terminen cortando.
  • Cambiar la cerradura, para impedir que el individuo pueda volver a entrar en la vivienda.

Fernández-Fígares advierte que, como mínimo, “esta clase de acciones pueden provocar que el propietario sea acusado por un delito de coacciones”.

Por su parte, Arturo González y Saray Contreras, de Dexia Abogados, señalan el “excesivo tiempo que los propietarios han de esperar para recuperar su vivienda” como razón principal para tomar este tipo de decisiones. En concreto, y en el contexto de una ocupación ilegal, hablan de “esperas que pueden llegar hasta los tres años”. Aunque, añaden, “desde la última modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, esto ya no es lo habitual, pues se han aligerado mucho los plazos.

También destacan desde este despacho otras técnicas aún más radicales, pero no por ello infrecuentes. “Algunas empresas especializadas en desahucios recurren incluso a la violencia o al uso de perros adiestrados, por ejemplo”. Sin duda, los efectos penales de estas acciones son evidentes. Puede suceder que al propietario “lo acusen de delito de allanamiento de morada en su propia casa”.

¿Cuál es la mejor solución?

Los expertos coinciden en que, si hablamos de inquilinos que no pagan el alquiler, “lo primero ha de ser siempre tratar de llegar a un acuerdo”. No obstante, en muchos casos el propietario tiene la certeza de que la intención del inquilino es seguir viviendo en el inmueble sin pagar, con el contrato vencido o en contra de la voluntad del dueño. Fernández-Fígares aclara que “es entonces cuando lo recomendable es interponer una demanda de desahucio inmediatamente”.

Si ya se ha dado este paso, es todavía menos recomendable realizar alguna de las acciones arriba comentadas. “Con bastante probabilidad, el proceso que se abrirá para enjuiciar la acción penal detendrá el proceso de desahucio, de forma que este se puede retrasar considerablemente”, explica Fernández-Fígares.

Y, de la misma forma, si hablamos de una ocupación ilegal, “lo mejor es presentar en el juzgado una demanda de desahucio en la que se recoja documentalmente el derecho a poseer del actor”, apuntan González y Contreras. En este supuesto, si los okupas no demuestran que están en la vivienda de forma legal, “el juzgado ordenará la inmediata entrega de la posesión de la vivienda al demandante”.

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